Inmigración

ALERTA DE DACA: El 4 de diciembre de 2020, el juez Nicholas George Garaufis de los EE. UU. El Tribunal de Distrito para el Distrito Este de Nueva York requirió que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) revocara los cambios realizados en el programa DACA por el Secretario Interino Chad F. Lobo. A partir del 7 de diciembre de 2020, USCIS será:

  • Aceptar solicitudes por primera vez para la consideración de la acción diferida bajo Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) basadas en los términos de la política de DACA en vigor antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden del 4 de diciembre de 2020 de la Corte;
  • Aceptar solicitudes de renovación de DACA basadas en los términos de la política de DACA en vigor antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden del 4 de diciembre de 2020 de la Corte;
  • Aceptar solicitudes de documentos de libertad condicional anticipada basados en los términos de la política de DACA antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden de la Corte del 4 de diciembre de 2020;
  • Ampliar las subvenciones de un año de acción diferida en virtud de DACA a dos años; y
  • Ampliar los documentos de autorización de empleo de un año bajo DACA a dos años.

Para obtener más información, visite USCIS.gov.

 

Solicitar asistencia con un pasaporte o un problema de inmigración

¿Tiene un problema con la obtención de su pasaporte o visa? Comuníquese con nuestra oficina. Podemos ayudar. Si bien no podemos garantizarle un resultado favorable, haremos nuestro mejor esfuerzo para ayudarle a recibir una respuesta justa y oportuna a su problema.
 
Los residentes del 46o Distrito Congresional de California pueden comunicarse con nosotros para obtener ayuda en el trato con las agencias federales. Con el fin de servirle mejor, este formulario generará una página imprimible que debe firmar y enviar por correo a nuestra oficina.
 
Por favor, incluya toda la información pertinente y los números de reclamación en su correspondencia, como:
  • Su número de Seguro Social para un caso que involucre al Seguro Social;
  • Número de reclamación de VA para un caso con el Departamento de Asuntos de Veteranos;
  • Número de identificación del contribuyente (número de Seguro Social, si es individual) para un problema del Servicio de Impuestos Internos, etc. ;
  • Su dirección, número de teléfono residencial y número de teléfono diurno (si es diferente al de casa) para que podamos obtener cualquier información adicional de usted que pueda ser necesaria;
  • Copias de cualquier documento o correspondencia relacionada que pueda tener de la agencia involucrada;
Tenga en cuenta:
La Ley de Privacidad de 1974 (5 U.S.C. § 552a) requiere que los miembros del Congreso o su personal tengan autorización por escrito antes de poder obtener información sobre el caso de un individuo.
Debemos tener su firma para proceder con este tipo de solicitud.
 

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