Asistencia Funeraria
La pandemia COVID-19 ha traído un dolor abrumador a muchas familias. Para ayudar a las familias en este tiempo, FEMA proporcionará asistencia financiera para los gastos funerarios relacionados con COVID-19 incurridos después del 20 de enero de 2020.
Bajo la Ley de Asignaciones Suplementarias de Respuesta y Alivio al Coronavirus de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, la familia puede ser reembolsada hasta $9,000.
En este momento difícil, mi oficina y yo estamos aquí para ayudar. Si tiene preguntas o necesita ayuda para solicitar asistencia, contáctenos hoy mismo.
FEMA está finalizando orientación adicional y se dará a conocer a los posibles solicitantes y socios de la comunidad lo antes posible. Mientras tanto, se alienta a las personas que tienen gastos funerarios de COVID-19 a guardar y recopilar documentación.
¿Quién es elegible?
Para ser elegible para la asistencia funeraria, debe cumplir con estas condiciones:
- La muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos, incluidos los territorios de los Estados Unidos, y el Distrito de Columbia.
- El certificado de defunción debe indicar que la muerte fue atribuida a COVID-19.
- El solicitante debe ser un ciudadano estadounidense, un no ciudadano o un extranjero calificado que incurrió en gastos funerarios después del 20 de enero de 2020.
- No hay ningún requisito para que la persona fallecida haya sido ciudadana estadounidense, nacional no ciudadana o extranjera calificada.
Cómo solicitarlo
COVID-19 Número de línea de asistencia funeraria
844-684-6333 | TTY: 800-462-7585
FEMA está experimentando un alto volumen de llamadas.
Si las líneas telefónicas están ocupadas, inténtelo de nuevo más tarde. No hay fecha límite para postularse.
Horas de operación:
Monday - Friday
6 a.m. to 6 p.m. Pacific Time
Si tuvo gastos funerarios de COVID-19, le animamos a guardar y recopilar documentación. Los tipos de información deben incluir:
- Un certificado oficial de defunción que atribuye la muerte directa o indirectamente a COVID-19 y muestra que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, incluidos los territorios de los Estados Unidos, y el Distrito de Columbia.
- Documentos de gastos funerarios (recibos, contrato de funeraria, etc.) que incluyen el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, la cantidad de gastos funerarios y las fechas en que ocurrieron los gastos funerarios.
- Prueba de fondos recibidos de otras fuentes específicamente para su uso en costos funerarios. No podemos duplicar los beneficios recibidos del seguro de entierro o funeral, la asistencia financiera recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes.
¿Cómo se reciben los fondos?
Si usted es elegible para asistencia funeraria, recibirá un cheque por correo o fondos por depósito directo, dependiendo de la opción que elija cuando solicite asistencia.